Noviembre 2024
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Aprobaron la Ley de etiquetado frontal

Cerca de la medianoche del martes, finalmente se aprobó la Ley de etiquetados frontales, con 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones, y tiene como objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud.

Entre debates, discusiones y pedidos de tratamientos de leyes diferentes, la cámara baja sesionó con presencialidad total desde las 12 del mediodía, y se terminó extendiendo hasta las 23.30, tras la intervención de más de 70 diputados.

La iniciativa dividió las aguas entre oficialismo y oposición por una serie de puntos que fueron cuestionados. Los alimentos y bebidas sin alcohol (analcohólicas) envasados(la ley dice que “es todo alimento contenido en un envase, cualquiera sea su origen, envasado en ausencia del cliente, listo para ofrecerlo al consumidor”)tendrán la obligación de llevar en la cara principal un sello negro de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso: azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. Es decir, pueden llevar uno o más sellos negros.

Las etiquetas según corresponda dirán: «exceso en azúcares», «exceso en sodio», «exceso en grasas saturadas», «exceso en grasas totales» y «exceso en calorías.»

Estas leyendas deberán estar en octógonos negros, con bordes y letras de color blanco en mayúsculas, y su tamaño no podrá ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase.

La misma prevención se aplicará para los casos de valores superiores en cafeína y para alertar sobre el contenido de edulcorantes no recomendables para niños y adolescentes. En estos casos deben llevar las leyendas “contiene cafeína, evitar en niños/as” y “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, respectivamente.

 

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