Septiembre 2024
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Del 16 al 22 de mayo, Semana Mundial del Parto Respetado

Del 16 al 22 de mayo tendrá lugar la Semana Mundial del Parto Respetado. El lema elegido para este año es “Mejores partos para un mejor futuro”, que busca hacer hincapié en una atención prenatal adecuada, el acceso a servicios especializados, donde los nacimientos se realicen en instituciones que cumplan con las condiciones obstétricas y neonatales esenciales, promoviendo un trato respetuoso hacia embarazadas, durante el embarazo, parto, nacimiento y puerperio.

En tanto, desde la Dirección Nacional de Salud Perinatal y Niñez, han adoptado la consigna “Muchas formas de parir, los mismos derechos”, en alusión a las múltiples formas de transitar los procesos, poniendo el foco en la particularidad y protagonismo de las embarazadas y sus familias y sus derechos. Así, se busca trabajar la garantía de la ley en torno a los ejes de discapacidad, interculturalidad, diversidad, acompañamiento y posición al momento del parto, corresponsabilidad y puerperio dentro de la atención perinatal.

En adhesión ,la Dirección de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud llevará a cabo distintas actividades para la comunidad y para equipos de salud, que se integrarán a las propuestas por la Semana de la donación de leche humana. 

Asimismo, invitan a los distintos servicios de perinatología de centros de atención primaria de la salud y hospitales a generar actividades de reflexión, capacitación y difusión, que involucren al equipo de salud y a la comunidad, las que podrán compartirse en un encuentro virtual de referentes en la temática, que se realizará el día viernes 20 de mayo.

Sobre el parto respetado

El parto respetado es una modalidad de atención caracterizada por el respeto a los derechos de las embarazadas y sus hijos e hijas en el momento del nacimiento y en donde la mamá, su bebé y sus vínculos afectivos son los verdaderos protagonistas.

Respecto a los desafíos actuales, Marcela Yanover, directora de Maternidad e Infancia, expresó: “Es clave que los equipos de salud refuercen y retomen los avances alcanzados en relación a los derechos de las embarazadas, sus bebés y afectos, ya que la pandemia generó la necesidad de readaptarse a las nuevas condiciones sanitarias para controlar y prevenir la transmisión del Covid-19”.

“El equipo de salud no debe perder de vista el derecho a decidir de las embarazadas y el significado, siempre que no haya condición de salud que lo impida, del contacto piel a piel entre el/la bebé y la mamá inmediatamente después del nacimiento, la llamada hora de oro u hora sagrada”subrayó la especialista.

En este marco, Yanover informó que seretomó la actividad del voluntariado de Doulas, quienes se incorporaron a la atención en el Hospital Materno Neonatal y Maternidad Provincial, y en breve se integrarán a los servicios de los hospitales Pasteur de Villa María, San Antonio de Padua de Río IV y Villa Dolores.

Importancia del acompañamiento de doulas a embarazadas

El rol de las Doulas está orientado a acompañar a personas embarazadas durante el embarazo, trabajo de parto, parto y puerperio, logrando la contención física y emocional necesaria durante el proceso de maternidad, sin invadir ni desplazar el espacio de la familia y ni la actividad el equipo médico que acompaña.

En este proceso, comparten conocimientos sobre la fisiología del embarazo, parto y puerperio, puericultura, lactancia, educación prenatal, entre otros. Además, comprenden las distintas necesidades de quienes acompañan y las de sus afectos, contemplando los distintos estados anímicos por los que pasa en esta etapa (miedos, incertidumbre, cansancio, temor, ansiedad).

El parto respetado en Argentina

Desde el año 2004, existe la Ley Nacional 25.929 de Derechos de Padres e hijos/as al momento del nacimiento. En 2005, Córdoba adhirió a la Ley Nacional mediante la Ley 9.227. Asimismo, a partir de la sanción de la Ley Nacional 26.485, de protección y prevención de la violencia hacia las mujeres, la violación a los derechos emanados por la Ley Nacional 25.929 constituyen violencia obstétrica.

De acuerdo a la Ley Nacional, las embarazadas tienen derecho:

  • A ser informadas sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones que acerca de las alternativas distintas, si es que existen.
  • A ser consideradas como personas sanas, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
  • A un parto respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
  • A ser informadas sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se les haga partícipes de las diferentes actuaciones de los profesionales.
  • A no ser sometidas a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.
  • A elegir quién las acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
  • A ser informadas, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del bebé.

En tanto, toda persona recién nacida tiene derecho:

  • A ser tratada en forma respetuosa y digna.
  • A su inequívoca identificación.
  • A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
  • A la internación conjunta con su madre en la sala.
  • A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
  • Además, se promueven otras prácticas beneficiosas para el binomio madre-hijo como el “contacto piel a piel”, el corte tardío del cordón umbilical y la lactancia materna exclusiva, entre otras.

Canales de contacto:

Dirección de Jurisdicción de Maternidad e Infancia: Ayacucho 1643, ciudad de Córdoba

Teléfono: 0351-4344103/06

Correo electrónico: areaperinatologiadjmi@gmail.com

UNICEF por su parte informó que, además de defender los derechos de madres, niños y familias, el término “parto respetado” o “parto humanizado” promueve el respeto a las particularidades de cada familia -etnia, religión, nacionalidad- , acompañándola a través de la toma de decisiones seguras e informadas.

Un “parto humanizado” promueve el respeto a las particularidades de cada familia. 

El parto respetado implica generar un espacio familiar donde la madre y el recién nacido sean los protagonistas y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible.

“Cuando hablamos de parto respetado nos referimos que la mujer siga su propio pulso de parto evitando todo tipo de intervenciones innecesarias, así como a decidir la forma de controlar el dolor durante el parto”, detalló la agencia de la ONU.

El parto respetado implica generar un espacio familiar donde la madre y el recién nacido sean los protagonistas. Foto ilustración Shutterstock.

9 “formas” de parir

Al hablar de nacimientos es importante hacer una aclaración en cuanto a las siguientes categorizaciones: “Si bien todas estas son maneras de nombrarlos, ninguna de ellas hace referencia en sí misma a un parto respetado, aunque puedan ser criterios a tener en cuenta”, aseguró a Clarín Violeta Osorio, doula, integrante del Observatorio de Violencia Obstétrica Argentina, militante feminista y co-autora del libro Mujeres Invisibles: Partos y Patriarcado (en Instagram, @ovoargentina).

La especialista agregó que “algunas de ellas incluso dan cuenta de la mercantilización de los derechos de las mujeres y como el parto respetado en Argentina, un país pionero en el marco de derechos en relación a la atención obstétrica, por acción de la inoperancia de la Ley 25.929, se ha transformado en un negocio y un servicio VIP”.

En ese contexto, Osorio describió:

1 – Parto natural

Suele usarse en referencia a un parto vaginal. Sin embargo, hay dos cuestiones interesantes con esta construcción: la primera, que somos seres en los que prima la cultura, con lo cual es difícil a estas alturas establecer que es “lo natural”.

Y lo segundo, que aunque es un criterio que se usa para hablar de un parto vaginal (lo que se entiende por natural en nuestra especie) no es en ningún caso sinónimo ni certeza de un parto sin medicalización o intervenciones rutinarias.

2 – Parto normal

Igual que el anterior se usa para referirse a un parto vaginal. Acá lo interesante es que cuando socialmente escuchamos la palabra “normal” lo asociamos a lo que es natural, lo que corresponde, lo bueno.

Y en realidad estamos hablando de normal por norma, es decir que estamos ante partos atravesados por la violencia obstétrica en cualquiera de sus manifestaciones, ya que la norma en este sistema en relación a la atención obstétrica es la vulneración de derechos.

El problema es que al decir “normal” lo equiparamos a lo bueno y saludable, por lo que da impunidad a los hechos de violencia que se han padecido.

3 – Parto en el agua

Hay que aclarar que si bien se lo promociona como un tipo de parto por el cual se paga, en realidad no lo es. El agua en un nacimiento es un medio o un recurso no farmacológico para transitar la intensidad de la vivencia, no es un fin en sí misma.

Para muchas mujeres el agua representa un alivio durante el trabajo de parto. 

Para muchas mujeres el agua representa un alivio durante el trabajo de parto, pero no es el lugar que eligen para el momento del nacimiento o puede pasar también que en el momento del trabajo de parto a la mujer no le resulte agradable el agua y prefiera no usarla.

En ese sentido es como la pelota, el banquito de parto, los masajes y demás recursos que la mujer puede encontrar como aliados para transitar la experiencia. Y cuando hablamos de agua, no estamos hablando necesariamente de una pileta especial para partos, sino que puede ser la ducha, la bañera, etc. Por eso hablamos del agua como recurso, no como un modelo de parto.

4 – Parto domiciliario

Se trata de un modelo de atención perinatal existente en nuestro país, reconocido a nivel mundial y que cuenta con nutrida evidencia científica a su favor. La OMS lo recomienda para partos de bajo riesgo (más del 85% de los casos) y los estudios metodológicamente confiables demuestran que en esos casos un parto planificado en domicilio es igual de seguro que un parto institucional, pero presenta mayor bienestar materno-fetal.

5 – Cesárea

Se trata de una cirugía mayor. Según criterio de la OMS el índice médicamente justificable de su uso debe ser entre el 12 al 15% de los nacimientos.

Cuando hablamos de parto respetado nos referimos que la mujer siga su propio pulso de parto evitando todo tipo de intervenciones innecesarias. 

6 – Parto en cuclillas

Hace referencia a la posición que la mujer adopta en el momento del nacimiento del o la bebé y está muy vinculado a las culturas originarias. Por supuesto, tiene un sentido ligado a la fisiología y la dinámica del parto: las posiciones en cuclillas y cuatro patas dan mayor apertura en la cadera y por eso cuando las mujeres tienen libertad de movimiento durante el proceso suelen usarlas.

La apropiación cultural característica de Occidente nos lo ha hecho tomar como un modelo, una receta, algo que puede promocionarse y venderse.

7 – Parto vertical

Surge como concepto en contraposición a la obligación del sistema médico dominante de travesar el trabajo de parto y el parto acostadas en posiciones de litotomía, sin posibilidad de movimiento. Un parto vertical, en ese sentido, nos estaría hablando de un parto en el que hay libertad de movimiento.

8 – Parto fisiológico

Se trata de un proceso que no se interviene ni se medicaliza de manera rutinaria. El trabajo de parto se inicia espontáneamente y el proceso se desarrolla sin prácticas médicas, por acción de los organismos de la madre y su hijo o hija.

9 – Parto Leboyer

Se trata de unos principios de atención al parto descritos por el médico Frédérik Leboyer. Principalmente hacen referencia al respeto y favorecimiento de la fisiología y la creación de un ambiente cálido emocionalmente para evitar miedo y/o estrés en la madre y su hijo o hija.

En Argentina, la Ley 25.929 de Parto Humanizado fue sancionada y promulgada en 2004 y finalmente reglamentada en 2015. 

¿Qué garantías otorga la Ley de Parto Humanizado?

Según el Ministerio de Salud de la Nación, la Ley de Parto Humanizado vigente en Argentina garantiza, entre otros, el derecho a:

  • Un parto normal, que respete los tiempos de las personas gestantes.
  • Que no haya discriminación.
  • Que se respete la intimidad.
  • Elegir al acompañante durante el trabajo de parto, el parto y el posparto.
  • Que el bebé esté en su cuna al lado de la madre durante toda la internación (a menos que necesite cuidados especiales).
  • Que la mujer y su familia reciban toda la información necesaria, en un lenguaje claro, sobre su estado y la evolución del parto y del bebé.
  • Conocer los beneficios de amamantar y los cuidados que necesitan tanto el recién nacido como la madre en esta etapa de la vida.
  • Conocer los efectos negativos del tabaco, el alcohol y las drogas.

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