Gobierno habilita oficinas de Pami para recibir solicitudes de rehabilitación de pensiones, en reemplazo de Anses
La Resolución 3697/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad, fechada el 28 de octubre de 2026, introduce una modificación administrativa importante para las personas que buscan recuperar una pensión no contributiva por invalidez. La norma no restituye automáticamente las pensiones ni garantiza que todas las solicitudes sean aprobadas.
Es decir, no estamos ante una nueva pensión ni una restitución generalizada, sino ante un procedimiento para solicitar la recuperación de determinados beneficios.
Los cinco puntos centrales de la resolución
El plazo se cuenta en días corridos desde la notificación de la medida a cada persona alcanzada, no necesariamente desde la fecha de publicación de la resolución.
Las agencias y Unidades de Gestión Local de PAMI que estén habilitadas podrán recibir documentación. Esto no significa que todas las oficinas de PAMI estén autorizadas.
Las personas podrán presentar documentación médica actualizada, renovar datos personales y aportar antecedentes pertinentes.
El trámite podrá realizarse mediante TAD, el formulario de consultas del Ministerio de Salud o por correo electrónico.
¿Quiénes están alcanzados?
Este es uno de los aspectos más importantes para evitar confusiones.
La resolución no está dirigida indistintamente a todas las personas que cobran o cobraban una pensión por discapacidad.
Alcanza específicamente a las personas identificadas en el Anexo I de la Resolución 3695/2026.
Para conocer el universo exacto de beneficiarios sería necesario consultar ese anexo, que no está incluido en el texto proporcionado.
Tampoco se informa cuántas pensiones están involucradas, en qué provincias se concentran o por qué motivos se habían visto afectadas.
¿Cómo se puede solicitar la rehabilitación?
Según la resolución, existen estos canales:
Canal | Modalidad |
|---|---|
Secretaría Nacional de Discapacidad | Dependencias habilitadas |
PAMI | Agencias y UGL habilitadas |
Ministerio de Salud | |
Trámites a Distancia | Trámite «Presentación de Documentación para Pensión Invalidez» |
Correo electrónico | citacion@senadis.gob.ar |
La norma no detalla cuáles son las oficinas de PAMI habilitadas ni establece un plazo máximo para resolver las solicitudes.